Este miercoles 25 se dicto sentencia en el caso ocurrido entre 12 y 13 de marzo 2024, donde un residente en Angostura, discutio con su pareja, lo cual desencadeno todo un recorrido de violencia en la madrugada, que termino con la señora lesionada y en una grave crisis de nervios.
Al acusado lo defendio el dr. Nestares, de la defensoria oficial, pues alego no tener recursos para costear su defensa.
La querellante fue representada por el reconocido y experimentado abogado local, Cristian Pettorosso y al MPF lo represento Federico Gayos, la jueza que presidio fue la de Garantias de Zapala, Bibiana Ojeda.
El dr. Gayos paso a leer la descripcion del hecho, los cargos que se presentaron contra el acusado y una reformulacion de los mismos, ademas informo que se habia llegado a un acuerdo trabajado entre las partes (querella, defensa, MPF) para alcanzar una resolucion en procedimiento abreviado, es decir, sin que se llegue a un juicio.
EL MPF RECALIFICA LOS CARGOS
El 25 de marzo acontecio la 1era audiencia de formulacion de cargos, que consistian en amenazas simples y lesiones leves en concurso con privacion ilegitima de la libertad
Ahora se reformularon quedando como: Amenazas graves y lesiones leves, privacion ilegitima de libertad en concurso real agravado por ser pareja y enmarcado en un caso de genero.

LOS HECHOS PROBADOS
El acusado, en la noche del 12 al 13 de marzo del 2024, discutio con su pareja. La mujer decidio que no queria mas continuar la relacion que mantenian y le solicito retire sus pertenencias de su vivienda. Algo que el individuo hizo al subirlas a su auto.
Sin embargo, continuaron la discusion y el sujeto la convencio de subir al vehiculo, luego de un corto viaje se detuvo ante el comercio Mallin City, donde compra cerveza.
Mientras conducia bebia e iban en aumento los insultos y amenazas a la mujer, ademas de impedirle los reiterados intentos por descender del rodado, imprevistamente la empujó y expulso a golpes, cayendo fuertemente la señora contra el pavimento, desmayándose producto del golpe en la cabeza.
El acusado volvio a subirla violentamente, la amenazo e insulto y traslado al hospital, donde al descender le quito los celulares, impidiendo se comunique. Finalmente la traslada al domicilio de la mujer, donde el agresor se retira.
LAS PRUEBAS QUE LO CONDENARON
Intervencion de la guardia de Violencia de Genero, actuaciones del Juzgado de Familia, historia clinica de la mujer remitida por Hospital Arraiz, informe CMF dra. Herrera, planilla ley 2785, informe por Desarrollo Social de dagnostico de contexto de vida de la victima, informe del equipo interdisciplinario del Arraiz, certificados medicos del traumatologo interviniente medico Fabio Stefani, radiografias, copia libro guardia Comisaria 28, informe psicologico de dra. Maletich de Neuquen.
CUAL ES LA PENA
Segun los art 40 Y 41 del CP son 3 años y de ejecucion condicional, se tomo en cuenta la nocturnidad, las amenazas, los lugares donde ocurrieron, la imposibilidad de comunicarse la victima por falta de señal de celular.
Como atenuantes se consideraron que el acusado no tenia antecedentes, tambien se evaluo su edad y que reconocio los hechos.

MEDIDAS DE CUMPLIMIENTO
La Jueza le informo al acusado-condenado que, si incumplia 1 vez cualquier requisito, en cualquier momento durante 3 años a partir de la fecha, el juez de Ejecucion haria caer el beneficio de condicional y la pena sera de cumplimiento efectivo, ira a prision.
Por el art.27 bis del CP se le impone las pautas de conducta:
1-fijar residencia, si se muda debe comunicar al abogado defensor que notificara a juez
2-no cometer delitos
3-asistir al Dispositivo de Atención a Varones y de considerarlo el DAV asisitir al programa de Masculinidad por 3 años o menos tiempo si se le otorga el alta
4-someterse a control judicial y estar en contacto con poblacion judicializada
5-no violentar a la victima y familia, incluso por escrito en redes sociales
6-mantenerse alejado 200mts de la victima y familiares
7-no consumir alcohol ni estupefacientes en via publica
CAIDA DE CAUTELARES
Ya con la sentencia no corren mas las cautelares impuestas, es decir la prohibicion de ingresar a Angostura, impuesta el 25 de marzo por el juez Bagnat, durante 4 meses y prorrogado 2 mas, por lo tanto el condenado dejaria su residencia en Bariloche y volveria a radicarse nuevamente en nuestra localidad, en su domicilio anterior, a 7kmts de la victima y los establecimientos educativos donde concurren sus hijas, segun lo manifesto el mismo en la audiencia.
Acto seguido la Jueza Ojeda indago si el condenado entendia los procedimientos, requisitos, si los aceptaba, si podia cumplirlos y que si los incumplia iria a prision.
Las partes coincidieron en la pena y renunciaron a recurrir al Tribunal de Impugnacion, incluso el agresor tambien renuncio a ese derecho.
El abogado querellante informo que su clienta es madre de varias hijas y solicito que el agresor no se acerque a los establecimientos donde ellas estudian y hacen gimnasia.
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