Este mes de octubre llegó con novedades judiciales fuertes, es que el juez de 1ra instancia Francisco Bonorino, resolvió que los mapuches de la comunidad Paicil Antriao deben devolver las tierras que ocupan en el cerro Belvedere a su legítimo dueño, el famoso basquetbolista Emanuel Ginobili.
Los fundamentos fueron que el ex escolta de la selección argentina presentó los papeles que demostraban haber hecho la adquisición de forma ajustada a las leyes, boleto de compraventa, título de dominio, inscripción en catastro.
Un detalle, el análisis del título de dominio lo realizó Carlos Baltanas, destacado escribano, padre del hoy Defensor del Pueblo, Sebastián.
Por otro lado se desecharon los argumentos de los demandados, que afirmaban su derecho en el art. 75 inciso 17 de CN y art 169 OIT y que ellos nunca despojaron pues nunca hubo posesión efectiva de nadie más que la de ellos.
Por otro lado al no ser reconocidas las tierras como de los mapuches, por lo tanto no se expidió Bonorino sobre la colisión de normativa de derechos de propiedad, aunque aclaró que el Congreso debe reconocer la personería jurídica, que es derecho a la propiedad de tierras ancestrales, algo que no sucedió.
Si las tierras fueron ocupadas por ancestros, individualmente, que luego de fallecidos pasaron a sus descendencias, quienes los fueron transfiriendo, legalmente, como en el caso en cuestión.
El bahiense había comprado el lote en 2007, pero en 2008 un grupo de mapuches de dicha comunidad ocupó la zona reclamando su derecho, afirmando que era parte de su territorio ancestral y que la compra era fraudulenta y la desconocían porque se ignoraba el derecho primigenio de los pueblos originarios.
Luego de infructuosos reclamos el ex hombre de San Antonio Spurs inició la demanda de reivindicación, corría 2009, luego los mapuches tuvieron otros conflictos, con resultados judiciales diversos.
Ahora, 18 años después, el Poder Judicial falló, pero, dado que aún faltan varias instancias de apelación (Cámara, Tribunal Superior provincial) faltará mucho para que se ejecute la sentencia, a pesar de los 30 días de plazo que impuso Bonorino para su cumplimiento.
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