A días de la decisión de la jueza Ojeda sobre el caso Gatica, Lorena Miani abogada querellante sigue plenamente convencida de los resultados de la forense Creimer y desestima al Síndrome de Delirio Agitado como la causa de muerte

Las similitudes con casos internacionales, las reacciones en esas sociedades en contra del SDA y la íntima convicción, le hacen confiar en las posibilidades de un resultado positivo si alcanzan el juicio por jurados.
El término “Delirio Excitado”, nacido hace 40 años en USA, está viviendo un retroceso en varios estados para prohibir su uso en el diagnóstico médico, certificados de defunción, capacitación policial, informes de incidentes policiales y el testimonio en los tribunales.
En primero fue California, ahora, legisladores de Colorado, Hawaii, Minnesota y NY están considerandolo.
Los críticos dicen que el SDA incita a la policía a usar fuerza letal en exceso.
Es un concepto cuya legitimidad es en gran parte rechazada por la comunidad médica.
Es una teoría que se ha utilizado para explicar cómo una persona que experimenta agitación grave puede morir repentinamente mientras está siendo controlada por la fuerza.
El año pasado, el American College of Emergency Physicians, retiró su informe de 2009
que había sido el último pilar médico oficial de apoyo a la teoría, muy usada en los últimos 15 años para explicar la falta de responsabilidad de la policía en muertes ocurridos bajo su custodia.
El “delirio excitado” se citó como defensa legal en las muertes de George Floyd en Minneapolis en 2020; Daniel Prude en Rochester, Nueva York; y Angelo Quinto en Antioch, California, entre otras. La teoría proponía que las personas en crisis de salud mental, a menudo bajo la influencia de drogas o alcohol, pueden exhibir una fuerza sobrehumana cuando la policía intenta controlarlas, y luego mueren repentinamente por la condición, no por la respuesta policial.
En Colorado, donde el término se usó, en parte, para justificar la muerte en 2019 de Elijah McClain en Aurora, una junta estatal eliminó el término de la capacitación policial desde enero de este año.

Los partidarios de la legislación estatal dicen que prohibir el término “delirio excitado” es un primer paso hacia la reducción de las muertes bajo custodia policial.
La comunidad científica encabezada por la Asociación Canadiense de Médicos de Emergencias (ACEP) y la Asociación Nacional de Examinadores Médicos (NAME) reconocieron y usaron por mucho tiempo el término, sin embargo, la existencia de controversias por el uso político que puede tener y los sesgos raciales llevaron a que se replanteara su uso.
Investigadores en derechos humanos han llegado a la conclusión que «delirio excitado» no es un diagnóstico médico o psiquiátrico válido, consideran que carece de independencia. Su definición, etiología y fisiopatológica no es clara. No está incluido como diagnóstico en ninguna versión de la Clasificación Internacional de Enfermedades, el estándar internacional para informar enfermedades y condiciones de salud, actualmente en su décima revisión (CIE-10) o en el Diagnóstico y Manual Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5)) criterios de enfermedad psiquiátrica; así mismo, la Asociación Médica Estadounidense y Asociación Psiquiátrica Estadounidense no reconocen la validez del diagnóstico.
Usar este término se convierte en justificación del uso excesivo de la fuerza por parte de la policía
Wetli y Fishbain en 1985 usaron el término para caracterizar a los fallecidos que habían presentado agitación aguda, fuerza desmesurada, paranoia, miedo creciente, hipertermia, paro cardiorespiratorio y muerte. Análisis posteriores establecieron que no se tuvo en cuenta que algunas de las victimas estuvieron en posición restrictiva, siendo la que explicaba la muerte, en muchos casos no se encontró un hallazgo macroscópico en la necropsia y se detectó la presencia de cocaína.
En 2005, Theresa y Vincent Di Maio, patólogo forense, definieron el “delirio excitado” como “delirio que involucra un comportamiento combativo o violento” causado por “reacciones fisiológicas normales del cuerpo al estrés”. Esta definición ha sido usada por forenses para concluir las muertes bajo custodia de las fuerzas del orden, generando gran controversia en los años posteriores por conflicto de interés debido a patrocinadores de sus publicaciones.
En 2017 NAME publicó lineamientos para la investigación y denuncia de muertes bajo custodia policial, recomiendan para estos casos concluirlos como manera de muerte homicidio, especificando las circunstancias y describir si hubo inmovilización por parte de las fuerzas.
En 2020 investigadores (Ellen Strommer et al., “The role of restraint in fatal excited delirium,”) establecieron que existen algunas formas de restricción en el 90 por ciento de todas las muertes en «delirio excitado», la sujeción boca abajo puede causar asfixia posicional y muerte; disminución en la función pulmonar y otros parámetros fisiológicos como la frecuencia cardíaca y la presión arterial y han llegado a la conclusión de que algunas posiciones de restricción prona deben considerarse un factor de riesgo de muerte súbita. Las restricciones en el cuello también pueden ser consideradas como una fuerza letal (Academia Estadounidense de Neurología, “Declaración de posición de la AAN sobre el uso de restricciones de cuello en el cumplimiento de la ley”, 9 de junio de 2021).
Los autores coinciden en que por sí solo el delirio no puede causar la muerte, toda vez que para ser considerado como la causa debe poder ser demostrado mediante autopsia.
Estudios recientes (Ellen Strommer et al., «El papel de la restricción en el delirio excitado fatal: una síntesis de investigación y un análisis conjunto», Ciencias forenses, medicina y patología vol. 16, n.° 4, agosto de 2020), refuerzan la teoría que para que sobrevenga la muerte en presencia de un delirio excitado debe haber una posición restrictiva que cause una asfixia posicional por inmovilización, el «delirio excitado» no causa la muerte en personas sin restricciones, se concluyó que es más frecuente el delirio excitado si se está bajo efectos de la cocaína dado que produce un comportamiento combativo y por lo tanto requiere de una restricción, condición no causada por las otras sustancias que tienen efecto depresor.
PORQUE CREIMER TIENE RAZON Y A GATICA LO MATO LA POLICIA
1- desterrado que la muerte de Robinson obedezca pura, exclusivamente a un consumo de drogas.
2- el hecho que causa el daño, está dado por una pelea entre el personal policial y la víctima, que se encontraba en estado de excitación psicomotriz por consumo de cocaína.
3- los especialistas del Cuerpo Médico de Nación, son claros al manifestar que no se ha podido descartar ni confirmar la asfixia.
4- reautopsia en diciembre del 2022, autopsia psicológica y la declaración testimonial en Camara Gesell de dos menores de edad, testigos de la pelea.
5- múltiples lesiones en cabeza, cara, hombro, brazo, codo, antebrazo, dedos de la mano, muñeca, torax, abdomen, pelvis, muslo
6- a Robinson lo mató un contexto violento generado por quien tenía el deber legal de actuar de manera contraria
7- testigos varios vieron a la víctima boca abajo y esposado con las manos en la espalda
8- testigos médicos refirieron que la policía le pedían trasladar el cuerpo a la morgue con insistencia
9- marca en el cuello, que la forense Creimer identifica como hematoma causado por presión, que ocasionó asfixia y causó infarto y mierte
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