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SOCIEDAD: SE VIENE EL CUPO TRANS EN EL ESTADO EN ANGOSTURA?

En otro hecho inedito en Neuquén, el Deliberante de Angostura está analizando un proyecto para normar el Cupo Trans en el Estado.

Impulsado por varias entidades, especialmente el área Diversidad del Hospital Arraiz, se viene hace meses trabajando a ritmo lento, pero continuo, una normativa que amplíe los derechos de estas personas.

Si bien aún no se llegó al proyecto final, el consenso es muy amplio y antes de primavera LANG TV puede afirmar que se estaría sancionando (recordamos que se sesiona una vez cada 15 dias y que dos semanas de julio estará de receso invernal) y aunque no tenemos todos los detalles, muchos de los puntos estipulados tienen anclaje en las normativas existentes en el país.

ANTECEDENTES NACIONALES Y PROVINCIALES

En Argentina el Cupo Laboral Trans en el Sector Público Nacional está regulado por la Ley N° 27.636 «Diana Sacayán – Lohana Berkins» (dos activistas fallecidas e impulsoras de los derechos para personas trans). Esta normativa establece un cupo mínimo del 1% de los cargos y puestos del Estado Nacional para personas travestis, transexuales y transgénero, para garantizar su inserción en el empleo formal.

Detalles de la normativa:

  • Alcance: los tres poderes del Estado, Ministerios Públicos, organismos descentralizados, empresas y sociedades del Estado. 
  • Acceso: No es requisito haber realizado el cambio registral en el DNI (Ley de Identidad de Género) para acceder
  • Educación y Capacitación: quienes no hayan finalizado sus estudios obligatorios pueden terminarlos mientras mantienen su puesto de trabajo. 
  • Sector Privado: da prioridad en las contrataciones y compras del Estado a las empresas que cuenten con personas trans en sus planteles.

Además incluye acciones para la sensibilización con perspectiva de género y de diversidad en los ámbitos laborales, para garantizar el trato digno de las personas trans.

En Argentina hay 5 provincias que sancionaron sus propias leyes de cupo laboral trans:

  • Buenos Aires (Ley 14.783)
  • Chubut (Ley 2570)
  • Río Negro (Ley 5326)
  • Chaco (Ley 2915-J)
  • Santa Fe (Ley 13.899) 

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